Pronunciamiento N18

“Normas de Auditoría, Declaraciones y Trabajos para atestiguar y servicios relacionados”.

 

A continuación informamos la resolución adoptada por el Consejo Directivo, en su sesión de fecha 20.11.09, referente al Pronunciamiento 18:

A) Ante la inquietud manifestada por diversos colegas -relativa a que a su entender los términos del Pronunciamiento 18 sobre Normas de Auditoría, Declaraciones y Trabajos para atestiguar y servicios relacionados, se apartan o coliden con la posición del Colegio sobre las normas que deben regular el ejercicio profesional (aprobadas en la Asamblea Extraordinaria de fecha 11.09.08, en su levantamiento de cuarto intermedio de fecha 12.11.08, en particular en lo que refiere a la definición de los principios sobre los cuales debe basarse cualquier norma de regulación del ejercicio de la profesión de Contador Público)- aprobar: a) Suspender la vigencia en todos sus términos del Pronunciamiento 18 sobre Normas de Auditoría, Declaraciones y Trabajos para atestiguar y servicios relacionados; b) Solicitar a la Comisión de Auditoria que impulsó el referido Pronunciamiento que, en coordinación con la Comisión de Ejercicio Profesional en Pymes, se aboque a la armonización de sus términos con los que figuran en la resolución de Asamblea en la cual se fijo la posición del Colegio sobre las pautas que el Consejo Directivo entiende deben estar presentes en el proceso de Regulación de la Profesión Contable; c) Solicitar a la Comisión de Auditoria que adecue la redacción de manera que se aclare que las referencias a la aplicación local de Normas Internacionales, emitidas por IFAC u otros organismos, se refieren al caso que no existan normas locales abarcativas de los aspectos regulados en el ejercicio profesional.

 B) En función de lo expuesto en el literal anterior, establecer que no son de aplicación obligatoria las normas en el Pronunciamiento 18 ni en la Guía correspondiente y que de igual manera las derogaciones establecidas en el Pronunciamiento quedan de momento sin efecto. (A vía de ejemplo, los Pronunciamientos Nros. 5 y 7 continúan vigentes)

C) Aprobar que los profesionales que deseen aplicar el Pronunciamiento 18 de manera voluntaria, puedan hacerlo con la anotación de que el mismo se encuentra en proceso de revisión.

Secretaría de Comunicaciones

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